BUENOS AIRES, 16 ABRIL 1990
VISTO la presentación efectuada por la
Federación Argentina de Técnicos Nacionales a través del Corresponde N°1031/89 solicitando
una ampliación de las incumbencias profesionales del Título del Maestro mayor
de Obra; y:
CONSIDERANDO:
Que
la Resolución N° 226/77 del Rectorado de la Universidad de San Juan establece
que el título de “Técnico Constructor” que expide la Escuela Industrial
“Domingo Faustino Sarmiento” de la Universidad de San Juan es equivalente al
Título Nacional de Maestro Mayor de Obras que expide el Consejo Nacional de
Educación Técnica.
Que
la Resolución N° 226/77 habilita a los egresados de la escuela citada en el
considerando anterior a: licitar, relevar, realizar peritajes, tasar y demoler
obras de construcción compuestas de subsuelo, planta baja, cuatro pisos altos y
dependencias de azoteas para zonas sísmicas y no sísmicas.
Que
el Banco Hipotecario Nacional, siendo ambos títulos equivalentes, no reconoce
al Maestro Mayor de Obras para efectuar las tareas mencionadas en el segundo
considerando.
Por
ello:
EL
CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA
R
E S U E L V E :
ARTICULO 1°) Ampliar
las incumbencias profesionales del maestro Mayor de Obras fijadas por la
Resolución N° 1842/67 que diera origen al Decreto N° 484/74, en las siguientes
habilitaciones: licitar, relevar, realizar peritajes, tasar y demoler obras de
construcción compuestas de subsuelo, planta baja, cuatro pisos altos y
dependencias de azoteas para zonas no sísmicas.
ARTICULO 2°) Regístrese
y dése a publicidad en el Boletín del Consejo, comuníquese a la Dirección
General de Planificación Educativa y por su intermedio a la Federación Argentina
de Técnicos Nacionales para que tome la intervención que le compete y a las
Direcciones Generales de Enseñanza Técnica, de Formación Profesional, de
Administración y de Personal. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN
N ° 0990
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